Contratos forwards

Contrato entre dos partes, mediante el cual ambos se comprometen a intercambiar un activo determinado o un índice de precios sobre un activo determinado, a futuro, a un precio que se determina por anticipado.

foto Contratos forwards

Características

Los contratos forwards son un tipo de contrato de derivado que se utiliza comúnmente para cubrir los riesgos de mercado, y eventualmente podrían ser atractivos para inversionistas dispuestos a asumir riesgos a cambio de una probable ganancia.

Una parte se compromete a comprar y la otra a vender, en una fecha futura, un monto o cantidad acordado del activo que subyace al contrato, a un precio que se fija en el presente.

Este tipo de contratos no se transan en bolsa, sino que en mercados extrabursátiles denominados OTC.

Uno de los objetivos para contratar un forward es proteger al activo que subyace al contrato de una depreciación o una apreciación si fuese un pasivo.

Los activos que subyacen a un contrato forward pueden ser cualquier activo relevante cuyo precio fluctúe en el tiempo.

La finalidad de los contratos forwards es que las partes comprometidas con el contrato, que están expuestas a riesgos opuestos, puedan mitigar el riesgo de fluctuación del precio del activo, y de esta forma estabilizar sus flujos de cajas.

¿A quién está dirigido?

A personas y empresas que buscan anticiparse y cubrirse de riesgos financieros que puedan ocurrir en el futuro, para no ser afectados por situaciones desfavorables.

A inversionistas dispuestos a asumir ciertos riesgos a cambio de una probable ganancia, y que estén en condiciones de hacer frente a eventuales pérdidas financieras importantes.

Son especialmente útiles para aquellas personas naturales o jurídicas que deben hacer pagos o cobros futuros en dólares u otra moneda extranjera.

¿Cómo funciona?

Los activos que subyacen a un contrato forward pueden ser cualquier activo relevante cuyo precio fluctúe en el tiempo.

Para contratar un forward, esta Comisión recomienda al interesado dirigirse a un intermediario de valores registrado en la CMF (ver el Registro de Corredores de Bolsa y el de Agentes de Valores), y consultar sobre los requisitos que debe cumplir.

Las partes que suscriben el contrato pueden modificar de mutuo acuerdo la fecha de vencimiento, el precio previamente pactado, la modalidad de entrega, el monto involucrado y la parte vendedora o compradora.

Si decide suscribir un contrato forward, debe considerar al menos los siguientes elementos:

  • No se requiere de una inversión inicial, pero podrían solicitarle garantías.
  • Los contratos deben adaptarse a sus necesidades.
  • Evalúe si está dispuesto a asumir los eventuales riesgos.

Los contratos forward deben contener como mínimo la siguiente información:

  • Monto mínimo que se contrata.
  • Fecha de suscripción.
  • Período de vigencia del contrato.
  • Moneda, tasa de interés o instrumento de renta fija, subyacente, sobre los que se hará el contrato.
  • Fechas de vigencia del contrato.
  • Entrega de garantías.
  • Procedimiento de devolución de la garantía.
  • Modalidad de entrega o liquidación.
  • Plazos involucrados en la liquidación.
  • Posibilidad de anticipar el proceso de liquidación.
  • Precio referencial de mercado.

Los contratos pueden estar expresados en moneda nacional (peso chileno), en moneda extranjera o en UF.

Las partes que suscriben el contrato pueden modificar de mutuo acuerdo la fecha de vencimiento, el precio previamente pactado, la modalidad de entrega, el monto involucrado y la parte vendedora o compradora.

La liquidación del contrato puede efectuarse en común acuerdo de las partes, en forma anticipada o a su vencimiento.

Existen dos modalidades de liquidación:

  • Entrega física: al vencimiento del contrato se produce el intercambio físico por montos equivalentes de los activos subyacentes, de acuerdo con el precio forward que pactaron las partes.
  • Compensación: consiste en una compensación por la diferencia producida entre el precio pactado y el precio referencial de mercado estipulado en el contrato. Ésta es la de más común uso en Chile.

Montos involucrados

El monto de un contrato forward es variable, ya que dependerá de las necesidades de las partes.

¿Con quién se contrata?

Puede ocurrir entre dos empresas bancarias o entre una empresa bancaria y un tercero, o entre alguno de ellos y una entidad extranjera. También se puede contratar con corredores de bolsa y agentes de valores.

Estos contratos se realizan fuera de bolsa, en el mercado extrabursátil también denominado OTC.

Precauciones y advertencias

  • Lea bien y asegúrese de entender lo que firma.
  • En caso de tener alguna duda, como inversionista puede pedir toda la información que estime conveniente, y el intermediarios de valores debe aclararlas.
  • El plazo desde la suscripción de un contrato hasta su vencimiento es variable, dependiendo de lo que acuerden las partes.
  • Las partes que suscriben un contrato forward pueden acordar eventuales garantías destinadas a cautelar su cumplimiento.
  • Si contrata a través de corredores de bolsa o agentes de valores, compruebe que éstos se encuentren inscritos y vigentes en el Registro de Corredores de Bolsa y Agentes de Valores, que mantiene esta Comisión.
  • Si contrata productos no regulados, procure que sea a través de sociedades sometidas a algún régimen regulatorio.
  • Si contrata con entidades no reguladas, en caso de conflicto sólo podrá recurrir a los tribunales de justicia.

Costos asociados

Podrían existir cobros por intermediación, por el servicio prestado. Además del implícito en el producto, en el caso de tener que pagar a la contraparte.

Términos relacionados

Es la diferencia entre el precio que se pagó como inversión inicial y el precio que se obtiene al vender, cuando el valor de la venta es mayor, obteniendo así una ganancia.

Personas naturales o jurídicas que se dedican a las operaciones de corretaje de valores. También pueden realizar actividades complementarias autorizadas por la CMF.

Adquisición de bienes físicos o financieros para obtener beneficios futuros, mediante la rentabilidad de un instrumento financiero o la venta con ganancias de un bien físico o material (por ejemplo una propiedad).

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